El lunes 30 de septiembre de 2013 se ha publicado en el BOCyL
la ORDEN EDU/787/2013, de 26 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas
destinadas a financiar la adquisición de libros de texto para el alumnado que
curse Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria en centros docentes
de la Comunidad de Castilla y León.
Beneficiarios: Podrán
ser beneficiarios de estas ayudas el padre, madre o tutor legal de los alumnos que cursen o vayan a cursar
educación primaria o educación secundaria obligatoria, siempre que la renta
de la unidad familiar no supere los umbrales máximos que se establezcan en cada
convocatoria, determinados en función del número de miembros que la integren.
En los casos en que los alumnos se encuentren tutelados por una institución, se
procederá conforme a lo previsto en el artículo 3.7.
Cuantía
de las ayudas y criterios de concesión:
1.–
Para la concesión de las ayudas será requisito
imprescindible la presentación de
la factura de la adquisición de libros de texto del alumno para el que
se solicitan, y correspondientes al curso escolar de la convocatoria,
exceptuando el caso previsto en el artículo 5.3.
2.–
La cuantía máxima de las ayudas se fijará de forma cierta en cada convocatoria,
pudiéndose establecer distintos importes de la misma, en función de los tramos
en que se clasifique la renta de la unidad familiar de los solicitantes.
Compatibilidad
con otras ayudas o programas:
1.–
Las ayudas concedidas al amparo de la presente orden serán compatibles con cualquier
otra otorgada para la misma finalidad que el solicitante pudiera obtener de
otras administraciones públicas o entidades de naturaleza pública o privada,
siempre que, la suma de ambas, no supere el coste de los libros de texto para
el que se solicita la ayuda.
2.–
Asimismo, las cuantía de las ayudas se minorará, en su caso, en la valoración económica
de los libros de texto cuyo uso pudiera el alumno haber recibido del centro en que
se encuentre matriculado, siempre que dichos libros hubieran sido adquiridos
con fondos o subvenciones de la consejería competente en materia de educación
en programas o iniciativas promovidas por la misma.
¡¡¡MUY
IMPORTANTE!!!
DISPOSICIÓN
TRANSITORIA
Curso
2013-2014.
La exigencia de la factura de adquisición de los libros
de texto como requisito indispensable para solicitar las ayudas, así como su
función de límite de la cuantía de las mismas, comenzará a aplicarse en el
curso 2014-2015, no operando por consiguiente ni como requisito ni como límite
de las ayudas en el curso 2013-2014.
Próximamente se publicará la Orden de CONVOCATORIA de ayudas destinadas a financiar la adquisición de libros de texto para el alumnado que curse Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria en centros docentes de la Comunidad de Castilla y León.
Próximamente se publicará la Orden de CONVOCATORIA de ayudas destinadas a financiar la adquisición de libros de texto para el alumnado que curse Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria en centros docentes de la Comunidad de Castilla y León.
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